Articulo 1º. Los empresarios, directores o administradores de espectáculos públicos estarán obligados a permitir la entrada gratuita, sin derecho a ocupar asiento, a los Detectives nacionales, previa su identificación.
Decreto 4087 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Los Empresarios, Directores O Administradores De Espectáculos Públicos Estarán Obligados A Permitir La Entrada Gratuita, Sin Derecho A Ocupar Asiento, A Los Detectives Nacionales, Previa Su Identificación
Decreto 4087 de 1948 · Por el cual se reglamentan los servicios del Delectivismo en los espectáculos públicos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.