Micelio

Artículo 1

Decreto 3280 de 2005 · por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 1° de la Ley 155 de 1959 para el sector agropecuario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Autorización de acuerdos . Para los efectos del

Parágrafo

del artículo 1º de la Ley 155 de 1959, cuando se requiera autorización para la celebración de acuerdos que tengan por finalidad defender la estabilidad de un sector agropecuario relacionado con el proceso de producción y distribución de bienes destinados a satisfacer las necesidades de la alimentación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1302 de 1964; tal autorización se otorgará por el Superintendente de Industria y Comercio, quien para efectos de motivar su decisión deberá solicitar el concepto previo no vinculante a los Ministros de Agricultura y Desarrollo Rural y de Comercio, Industria y Turismo respectivamente sobre la necesidad de estabilizar el sector agropecuario correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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