Artículo1°. Las normas contenidas en el presente decreto se aplicarán a los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar que no optaron por el régimen especial establecido en los Decretos 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995, dictados en desarrollo del
del artículo 14 de la Ley 4a de 1992 y que en el año 2010 se venían regulando por lo dispuesto en el Decreto 1405 de 2010.