Micelio

Artículo 3

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Decreto 1727 de 1997 · por el cual se deroga el Decreto número 772 del 18 de marzo de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuniqúese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de julio de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Desarrollo Económico, Orlando Cabrales Martínez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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