º. Con el fin de regularizar el mercado de las esmeraldas, de unificar los sistemas técnicos y económicos de exploración, explotación, procesamiento y distribución, y de obtener los mayores beneficios posibles para la nación y para los particulares vinculados al negocio de tales piedras, la Empresa, sin modificar su condición de organismo enteramente oficial, podrá constituir sociedades o celebrar contratos de otra naturaleza con los dueños de yacimientos de propiedad privada, con los titulares de permisos otorgadas por el Gobierno y con las personas dedicadas al comercio, al tratamiento o a la lapidación de esmeraldas. Las mismas facultades tendrá la Empresa en relación con las demás piedras preciosas y semipreciosas, y con los otros recursos minerales.
Artículo 3
Con El Fin De Regularizar El Mercado De Las Esmeraldas, De Unificar Los Sistemas Técnicos Y Económicos De Exploración, Explotación, Procesamiento Y Distribución, Y De Obtener Los Mayores Beneficios Posibles Para La Nación Y Para Los Particulares Vinculados Al Negocio De Tales Piedras, La Empresa, Sin Modificar Su Condición De Organismo Enteramente Oficial, Podrá Constituir Sociedades O Celebrar Contratos De Otra Naturaleza Con Los Dueños De Yacimientos De Propiedad Privada, Con Los Titulares De Permisos Otorgadas Por El Gobierno Y Con Las Personas Dedicadas Al Comercio, Al Tratamiento O A La Lapidación De Esmeraldas
Decreto 912 de 1968 · Por el cual se crea la Empresa Colombiana de Esmeraldas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.