Micelio

Artículo 1

º Créase La Comisión De Garantía Y Vigilancia Administrativa Del Sector Público De La Salud, Vinculada Al Despacho Del Ministro De Salud, E Integrada Por Las Siguientes Personas: 1

Decreto 1193 de 1991 · por el cual se crea la Comisión de Garantía y Vigilancia Administrativa del Sector Público de la Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créase la Comisión de Garantía y Vigilancia Administrativa del Sector Público de la Salud, vinculada al Despacho del Ministro de Salud, e integrada por las siguientes personas

1.

El Secretario General del Ministerio de Salud, quien la presidirá.

2.

Un representante del Superintendente Nacional de Salud.

3.

El Jefe de Personal del Ministerio de Salud.

4.

Dos representantes del Ministro de Salud, designados por él.

Parágrafo

La comisión se asesorará de los técnicos y profesionales necesarios para el logro de su objetivo, quienes podrán ser invitados a sus sesiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1193 de 1991