Micelio

Artículo 8

Ley 19 de 1905 · Sobre asuntos Fiscales y Monetarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 8º Si el Gobierno lo estimare necesario para los cambios menores podrá también decretar la acuñación de monedas fraccionarias de níquel, cobre ó bronce de aluminio adecuado con valor representativo de cinco (5), dos (2) y un (1) centavo de peso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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