Micelio

Artículo 22

Ley 73 de 1958 · Orgánica de la Universidad Pedagógica de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro del patrimonio de la Universidad quedan comprendidos los bienes muebles e inmuebles de que actualmente disfruta, los cuales pasaran a ser de su propiedad. La Nación le transmitirá por escritura pública el derecho de dominio sobre los inmuebles que le hayan cedido y otorgado por medio de ley.

El Departamento de Boyacá y los Municipios en donde están situadas algunas dependencias de la Universidad, quedan autorizados para proceder en igual forma.

Disposiciones generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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