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Artículo 18

Funciones De La Dirección De Gestión Humana

Decreto 19 de 2026 · por el cual se establece la estructura interna de la Unidad Nacional de Protección (UNP) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Gestión Humana . Son funciones de la Dirección de Gestión Humana, las siguientes

1.

Formular, orientar y actualizar las políticas de gestión humana de la Unidad, asegurando su alineación con los objetivos estratégicos institucionales, los principios de la función pública y las disposiciones del régimen laboral, salarial y prestacional aplicable a los servidores públicos.

2.

Elaborar los estudios técnicos para la modificación de la planta de personal y actualizar el manual específico de funciones y de competencias laborales de acuerdo con la normatividad vigente, y en coherencia con la estructura organizacional propuesta para la Entidad.

3.

Diseñar y liderar la estrategia integral de gestión del ciclo de vida laboral de los servidores públicos, incluyendo los procesos de vinculación, desarrollo, permanencia y retiro, asegurando su alineación con los objetivos institucionales, el fortalecimiento de la gestión humana y la sostenibilidad organizacional.

4.

Dirigir y coordinar el diseño e implementación de los planes y/o programas de selección, administración, desarrollo, capacitación, evaluación del desempeño, bienestar, cultura organizacional, estímulos e incentivos, seguridad y salud en el trabajo y seguridad vial de los servidores públicos de la Unidad Nacional de Protección (UNP).

5.

Coordinar y garantizar la preparación, revisión y emisión de los actos administrativos derivados del ciclo laboral, velando por su oportunidad, legalidad, coherencia normativa y alineación con las políticas institucionales de la gestión humana y los principios de la función pública.

6.

Asegurar el cumplimiento de las disposiciones para la custodia, administración, sistematización y actualización permanente de las historias laborales de los servidores públicos de la Entidad, asegurando la transparencia y protección de datos personales, en articulación con los sistemas institucionales de información.

7.

Dirigir los procesos de liquidación y trámite de la nómina, prestaciones sociales, aportes legales y parafiscales, y demás reconocimientos a los servidores públicos, garantizando el estricto cumplimiento del régimen salarial y prestacional vigente, la aplicación de controles internos, la transparencia en el manejo de los recursos y la mejora continua de los procesos de administración del talento humano.

8.

Ejercer la representación institucional ante organismos oficiales, autoridades laborales y demás entidades públicas o privadas, en los temas relacionados con la gestión estratégica del talento humano, promoviendo la articulación interinstitucional, la adopción de buenas prácticas y el cumplimiento de las disposiciones legales, convencionales y reglamentarias aplicables.

9.

Articular con las demás dependencias de la Entidad la identificación, planeación y atención de las necesidades del talento humano, promoviendo el desarrollo de capacidades institucionales, la eficiencia en la gestión pública y la alineación del recurso humano con los objetivos estratégicos de la Unidad Nacional de Protección.

10.

Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación, la inclusión de los indicadores más adecuados para medir la gestión del área.

11.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

12.

Atender los requerimientos legales y de orden particular relacionados con la gestión humana de la Entidad de acuerdo con los estándares de calidad y oportunidad requeridos.

13.

Promover prácticas institucionales que fortalezcan la ética pública y la responsabilidad funcional de conformidad con el código de integridad de la Unidad Nacional de Protección.

14.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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