Micelio

Artículo 545

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Citación para audiencia. Notificados todos los jurados, el juez, dentro de los tres días siguientes, señalará, para no antes de cinco días ni después de quince, contados a partir de la ejecutoria del auto, fecha y hora para la celebración de la audiencia. Desde el momento de tal notificación el expediente quedará en la secretaría a disposición de las partes para su estudio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1345 de 1970