° Autorízase al Ministerio de Correos y Telégrafos para que por conducto del Ministerio de Gobierno se ordene a la Imprenta Nacional la ejecución de todos los trabajos relacionados con la edición de la Memoria de dicho Ministerio u otros urgentes que necesitare este mismo Despacho, y se autorice al Director del nombrado establecimiento para que establezca los turnos del personal capacitado que deba ocuparse en los trabajos extras que fueren indispensables.
Artículo 1
Autorízase Al Ministerio De Correos Y Telégrafos Para Que Por Conducto Del Ministerio De Gobierno Se Ordene A La Imprenta Nacional La Ejecución De Todos Los Trabajos Relacionados Con La Edición De La Memoria De Dicho Ministerio U Otros Urgentes Que Necesitare Este Mismo Despacho, Y Se Autorice Al Director Del Nombrado Establecimiento Para Que Establezca Los Turnos Del Personal Capacitado Que Deba Ocuparse En Los Trabajos Extras Que Fueren Indispensables
Decreto 2124 de 1949 · Por el cual se da una autorización al Ministerio de Correos y Telégrafos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.