°. Promúlgaseel "Tratado de Cooperación para la Asistencia en Materia Humanitaria entre la Soberana Orden de Malta y el Gobierno de la República de Colombia", firmado en Roma el 30 de septiembre de 1999. (Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Tratado de Cooperación para la Asistencia en Materia Humanitaria entre la Soberana Orden de Malta y el Gobierno de la República de Colombia", firmado en Roma el 30 de septiembre de 1999). «TRATADO DE COOPERACION PARA LA ASISTENCIA EN MATERIA HUMANITARIA ENTRE LA SOBERANA ORDEN DE MALTA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA La Soberana Ordende Malta y el Gobierno de la República de Colombia, en adelante, Las Partes: Animados por el propósito de fortalecer y desarrollar las relaciones de amistad existentes entre sus entidades soberanas y en facilitar la ayuda humanitaria que presta la Soberana Orden de Malta a instituciones privadas hospitalarias y de beneficencia en Colombia. Teniendo en cuenta que la Soberana Orden de Malta y la República de Colombia mantienen relaciones diplomáticas desde hace más de cuarenta años. Recordando que la Soberana Orden de Malta en su calidad de persona jurídica del Derecho Internacional ha venido auspiciando el envío de diversos auxilios a instituciones privadas de beneficencia en la República de Colombia, con el beneplácito del Gobierno Nacional, tal como sucedió con ocasión de la tragedia de Armero y del terremoto de 1999. Deseando regularizar las labores de cooperación que viene realizando la Soberana Orden de Malta al servicio de los pobres y enfermos de Colombia. Han resuelto celebrar el presente Tratado suscrito por el Delegado del Príncipe y Gran Maestre de la Soberana Orden de Malta, señor don Carlo Marullo di Condojanni, Príncipe de Casalnuovo, Bailli Gran Cruz de Obediencia, Gran Canciller de la Orden, quien ha sido designado como su Plenipotenciario y el doctor Nicolás Rivas de Zubiría, Viceministro de Europa, Asia, Africa y Oceanía, en representación del Gobierno de la República de Colombia. ARTICULO I La Soberana Ordende Malta continuará auspiciando el envío a las instituciones privadas hospitalarias y de beneficencia de la República de Colombia, las diversas prestaciones de colaboración, auxilios, asistencia, en especial equipos y medicinas, así como otros artículos necesarios para que los hospitales y dispensarios privados de escasos recursos puedan atender a los pacientes más pobres, incluyendo ayuda en casos de desastres naturales y de personas desplazadas o refugiadas. ARTICULO II Para los efectos del artículo anterior, la Soberana Orden de Malta, a través de su Embajada y por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, hará llegar al Gobierno de Colombia las listas de los elementos cuya donación desea hacer a las entidades colombianas. ARTICULO III Una vez aprobada dicha lista por el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Soberana Orden de Malta podrá ingresar tales donaciones a la República de Colombia libres de todo impuesto, tasa o derecho nacional, departamental o municipal sobre aquellas. La Asociación Colombiana de Caballeros de Malta hará la distribución, supervisión y control del buen uso de los elementos donados. ARTICULO IV Este Tratado entrará en vigor transcurridos treinta (30) días a partir de la fecha en que las partes realicen el canje de los respectivos instrumentos de ratificación, el cual se efectuará en la ciudad de Santa Fe de Bogotá. ARTICULO V El presente Tratado tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de que cualquiera de las partes pueda denunciarlo mediante nota diplomática, en cuyo caso cesarán todos sus efectos seis (6) meses después de la recepción de la nota por la otra parte. En testimonio de lo cual se firma el presente Acuerdo en dos ejemplares idénticos en idiomas español e italiano en la ciudad de Roma, a los 30 días del mes de septiembre de 1999. Por la Soberana Orden de Malta, Carlo Marullo di Condojanni. Por la República de Colombia, Nicolás Rivas de Zubiria
Decreto 3967 de 2005 →Vigente
Artículo 1
Promúlgaseel "tratado De Cooperación Para La Asistencia En Materia Humanitaria Entre La Soberana Orden De Malta Y El Gobierno De La República De Colombia", Firmado En Roma El 30 De Septiembre De 1999
Decreto 3967 de 2005 · por medio del cual se promulga el "Tratado de Cooperación para la Asistencia en Materia Humanitaria entre la Soberana Orden de Malta y el Gobierno de la República de Colombia", firmado en Roma el 30 de septiembre de 1999.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.