Micelio

Artículo 1

De Todo Aumento En Sus Presupuestos Anuales De Rentas, Además De Las Obligaciones Fijadas Por El Decreto Número 2838 De 1954, Y En Relación Con El Presupuesto Del Año Inmediatamente Anterior, Los Departamentos Los Municipios Y El Distrito Especial De Bogotá, Dedicarán, Por Lo Menos, Un Veinticinco Por Ciento (25%) Exclusivamente Para Fines Educativos

Decreto 2364 de 1956 · Por el cual se prescriben normas relativas a la educación y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De todo aumento en sus presupuestos anuales de rentas, además de las obligaciones fijadas por el Decreto número 2838 de 1954, y en relación con el presupuesto del año inmediatamente anterior, los Departamentos los Municipios y el Distrito Especial de Bogotá, dedicarán, por lo menos, un veinticinco por ciento (25%) exclusivamente para fines educativos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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