Micelio

Artículo 27

De La Ley, Éstas No Lo Tendrán Sino Cuando Su Hijo Muera Soltero O Sin Dejar Viuda O Hijos

Decreto 104 de 1891 · Que reglamenta la Ley 96 de 1890 sobre Montepío Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 27. Extinguido el derecho de las viudas o de los hijos, la asignación no pasará a las madres de los Jefes y Oficiales, porque según el artículo 5º de la Ley, éstas no lo tendrán sino cuando su hijo muera soltero o sin dejar viuda o hijos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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