Micelio

Artículo 31

Decreto 3829 de 1985 · Por el cual se dictan medidas sobre reconstrucción de procesos en la Corte Suprema de Justicia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . PRUEBAS.En caso de considerarlo necesario, el Magistrado Sustanciador podrá decretar la práctica de pruebas antes de resolver sobre la reconstrucción de los procesos a que se refiere este capítulo. En ese caso, el período probatorio no podrá ser superior a diez días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3829 de 1985