Artículo quinto. Esta Ley entrará en vigor una vez cumplidos los trámites establecidos en la Ley 7º. del 30 de noviembre de 1944, en relación con los instrumentos internacionales que por esta misma Ley se aprueban.
Ley 7 de 1980 →Vigente
Artículo 5
Ley 7 de 1980 · por medio de la cual se aprueba el "Convenio de Incorporación de Colombia al Sistema del Pacífico Sur", firmado en Quito el 9 de agosto de 1979, y la adhesión a los principios y normas fundamentales contenidas en la Declaración de Santiago de 18 de agosto de 1952.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.