°. Para gozar de los reajustes de sueldos y reclasificaciones establecidos en este Decreto, no se requerirá nueva posesión.
Decreto 232 de 1977 →Vigente
Artículo 9
Para Gozar De Los Reajustes De Sueldos Y Reclasificaciones Establecidos En Este Decreto, No Se Requerirá Nueva Posesión
Decreto 232 de 1977 · Por el cual se fijan sueldos básicos para el personal de Oficiales, Suboficiales, Agentes y personal civil al servicio del Ministerio de Defensa, de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Grumetes y Soldados y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.