Micelio

Artículo 11

Las Infracciones A Lo Dispuesto En Este Decreto, Serán Sancionadas Con Multas Sucesivas De $ 100 00 A $ 1

Decreto 2263 de 1941 · Por el cual se reglamenta la Ley número 147 de 1941

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las infracciones a lo dispuesto en este Decreto, serán sancionadas con multas sucesivas de $ 100 00 a $ 1.000.00, que impondrá el Ministerio de la Economía y que ingresarán al Tesoro Nacional. Comuníquese y publíquese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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