Micelio

Artículo 26

A Fin De Promover El Establecimiento Y Mantenimiento De La Paz Y La Seguridad Internacionales Con La Menor Desviación Posible De Los Recursos Humanos Y Económicos Del Mundo Hacia Los Armamentos, El Consejo De Seguridad Tendrá A Su Cargo, Con La Ayuda Del Comité De Estado Mayor A Que Se Refiere El Artículo 47, La Elaboración De Planes Que Se Someterán A Los Miembros De Las Naciones Unidas Para El Establecimiento De Un Sistema De Regulación De Los Armamentos

Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 26. A fin de promover el establecimiento y mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales con la menor desviación posible de los recursos humanos y económicos del mundo hacia los armamentos, el Consejo de Seguridad tendrá a su cargo, con la ayuda del comité de estado mayor a que se refiere el artículo 47, la elaboración de planes que se someterán a los Miembros de las Naciones Unidas para el establecimiento de un sistema de regulación de los armamentos. Votación .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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