Micelio

Artículo 75

El Rector Negará La Petición De Examen Supletorio Cuando La Excusa De La Falta Estuviere Acompañada De Comprobantes Que No Merezcan Fe, Ó Cuando Tuviere Conocimiento De La Inexactitud De Dichos Comprobantes, Ó No Le Fueren Satisfactorios, Ó Por Desaplicación Del Alumno Á Los Estudios, Según Informes De Los Catedráticos

Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Rector negará la petición de examen supletorio cuando la excusa de la falta estuviere acompañada de comprobantes que no merezcan fe, ó cuando tuviere conocimiento de la inexactitud de dichos comprobantes, ó no le fueren satisfactorios, ó por desaplicación del alumno á los estudios, según informes de los catedráticos. SECCIÓN CUARTA Exámenes de habilitación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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