Micelio

Artículo 2

Decreto 1664 de 1978 · Por el cual se determina la Planta de Personal de los Empleados Públicos de la CAR

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de, los Valles de Ubaté y Chiquinquirá serán cumplidas por la Planta, de Personal que a continuación se establece:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1664 de 1978