Los activos que resulten de la liquidación y los archivos pasarán a una entidad que cumpla idénticos fines, la cual será designada por la asamblea.
Decreto 380 de 1985 →Vigente
Artículo 45
Decreto 380 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984, y se dictan disposiciones sobre organizaci?n deportiva
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 45 del decreto 380 de 1985 quedará así) por decreto 1616/10 modificado por decreto 1616/10
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.