Micelio

Artículo 2

Nadie Podrá En Consecuencia Cobrar Impuesto Alguno De Tránsito En Dichos Caminos, Sin Previa Autorización De Esta Comisaría

Decreto 2 de 1912 · Por el cual se fijan el personal y asignaciones en el ramo Telegráfico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Nadie podrá en consecuencia cobrar impuesto alguno de tránsito en dichos caminos, sin previa autorización de esta Comisaría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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