Micelio

Artículo 13

Las Cámaras De Comercio Tendrán Personería Jurídica Desde Su Instalación, Y Serán Representadas Por Sus Respectivos Presidentes O Apoderados Debidamente Constituídos

Decreto 145 de 1913 · Por el cual se crea una Cámara de Comercio en la ciudad de Manizales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Cámaras de Comercio tendrán personería jurídica desde su instalación, y serán representadas por sus respectivos presidentes o apoderados debidamente constituídos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 145 de 1913