Micelio

Artículo 1

Decreto 1486 de 1952 · Por el cual se reglamentan los artículos 1° y 3° de la ley 184 de 1938

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Ministerio de Obras Públicas hará entrega real y material de la propiedad conocida con el nombre de "Casa del Limpiabotas de Bogotá" a los representantes legales de los tres Sindicatos mencionados en los considerandos de este Decreto y que forman el gremio de Limpiabotas de Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1486 de 1952