Subdirección de Operación de Tránsito y Transporte por Carretera. Son funciones de la Subdirección de Operación de Tránsito y Transporte por Carretera las siguientes
Elaborar y mantener actualizados, en coordinación con los organismos ejecutores, los inventarios de la red de carreteras del país.
Ejecutar la política del Gobierno Nacional en materia de transporte y tránsito terrestre automotor, de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministro, y la Comisión de Regulación del Transporte -CRTR-.
Expedir la placa única nacional, las licencias de conducción y demás especies venales, en coordinación con los organismos de tránsito y transporte.
Controlar la ejecución de la revisión técnico-mecánica de los vehículos automotores terrestres de servicio público.
Coordinar el funcionamiento de las Direcciones Territoriales en materia de transporte y tránsito terrestre automotor.
Presentar a consideración del Director General de Carreteras, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia en el año inmediatamente siguiente.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
La Dirección General de Carreteras podrá delegar, con la aprobación del Ministro de Transporte, en organismos oficiales o en funcionarios públicos, el cumplimiento de las funciones que le estén encomendadas en materia de tránsito, cuando fuere conveniente para el mejor desempeño de las mismas, de conformidad con lo establecido en la Ley 53 de 1989.