Para efectos de la afiliación a que hace relación el artículo 57 de la Ley 21 de 1982, las solicitudes presentadas por los empleadores deberán acompañar los siguientes documentos
Comunicación escrita dirigida a la respectiva caja de compensación familiar, en la que informe: nombre del empleador, domicilio, identificación, lugar donde se causen los salarios y manifestación sobre si estaba o no afiliado a alguna caja de compensación familiar.
Prueba de la existencia y representación legal tratándose de personas jurídicas. En el caso de las personas naturales bastará la presentación de la cédula de ciudadanía.
Certificado de paz y salvo en el caso de afiliación anterior a otra Caja.
Relación de trabajadores y salarios. La solicitud se radicará por la respectiva caja.