Registro del anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación y de sus modificaciones. La Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público registrará en el SIIF Nación el anexo del decreto de liquidación y el anexo de la composición del presupuesto de rentas de la vigencia fiscal que se inicia antes del 31 de diciembre del año en que se aprobó. Las modificaciones al decreto de liquidación se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 4836 de 2011, o la norma que lo modifique o sustituya.
Decreto 2674 de 2012 →Vigente
Artículo 21
Registro Del Anexo Del Decreto De Liquidación Del Presupuesto General De La Nación Y De Sus Modificaciones
Decreto 2674 de 2012 · por el cual se reglamenta el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.