º . Otras remuneraciones . A partir del 1º de enero de 2002, las remuneraciones mensuales para los empleos que a continuación se relacionan serán las siguientes
Ministros del despacho y Directores de Departamento Administrativo. Ocho millones doscientos ochenta y cinco mil ochocientos treinta y siete pesos ($8.285.837) moneda corriente. distribuidos así: Asignación Básica: $2.267.005 Gastos de Representación: $4.030.231 Prima de Dirección: $1.988.601 La prima de dirección sustituye la prima técnica de que trata el Decreto 1624 de 1991, no es factor de salario para ningún efecto legal y es compatible con la prima de servicios, la prima de vacaciones, la prima de navidad y la bonificación por servicios prestados;
Viceministros, Subdirectores de Departamento Administrativo y Superintendente Bancario: Asignación Básica: $1.651.289 Gastos de Representación: $2.935.626
Superintendentes , código 0030, de Seguridad y Vigilancia Privada, General de Puertos y Transporte, de Industria y Comercio, de Sociedades y de Valores, será de tres millones ochocientos veinticuatro mil ciento ochenta y tres pesos ($3.824.183) moneda corriente. El cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual de los empleos de Superintendente, Código 0030, tendrá el carácter de gastos de representación, únicamente para efectos fiscales;
Experto de Comisión Reguladora , código 0090: Asignación Básica: $1.376.706 Gastos de Representación: $2.447.478
Negociador internacional código 0088. Será igual a la señalada para los Viceministros, por concepto de asignación básica y gastos de representación.
Los empleos a que se refieren los literales d) y e) del presente artículo, percibirán una prima mensual de gestión, equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor conjunto de la asignación básica y los gastos de representación. El Director de la Unidad de Información y Análisis Financiero, percibirá una prima mensual de gestión, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su asignación básica mensual. La prima de gestión no constituye factor salarial para ningún efecto legal.