Micelio

Artículo 1

De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 1º, Ordinal 9° De La Ley 21 De 1963, El Archipiéalgo De San Andrés Y Providencia Continuará Siendo Puerto Libre Y Estará Sujeto A Las Disposiciones Contenidas En El Presente Decreto Y En Los Reglamentos Que En Desarrollo De Él Se Expidan

Decreto 3290 de 1963 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre el Puerto Libre de San Andrés y Providencia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De conformidad con lo establecido en el artículo 1º, ordinal 9° de la Ley 21 de 1963, el Archipiéalgo de San Andrés y Providencia continuará siendo Puerto Libre y estará sujeto a las disposiciones contenidas en el presente Decreto y en los reglamentos que en desarrollo de él se expidan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3290 de 1963