ARTICULO 2.4.10.2.4 .- FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. Además de las funciones que consagren los estatutos, serán funciones de la junta directiva las siguientes
Fijar las políticas generales para el manejo de la entidad;
Aprobar el presupuesto anual de la financiera;
Presentar para aprobación de la asamblea los estatutos de la financiera o cualquier reforma de los mismos;
Dictar los reglamentos de crédito
Autorizar el otorgamiento de los préstamos que la financiera haga a las entidades a que se refiere la letra a) del artículo 2.4.10.3.1 del presente estatuto, y
Adoptar políticas que garanticen el equilibrio regional cuando se trate de los programas regulados por el
del artículo 2.4.10.3.3 del presente estatuto.