Micelio

Artículo 2

Decreto 18710711 de 1871 · sobre venta de armas de los parques de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Las armas que no quieran comprar los Estados, i que a juicio del Poder Ejecutivo no estén útiles para el servicio nacional, serán vendidas en pública subasta prévia invitacion publicada en los periódicos oficiales de la Nacion i del Estado en que estén depositadas las armas, con noventa dias de anticipacion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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