Autorízase a los Comités encargados de realizar los VI Juegos Panamericanos y IX Juegos Nacionales, para vender con anticipación hasta un cincuenta por ciento de la capacidad de localidades, en los estadios y centros de espectáculos deportivos donde se efectuarán los eventos programados dentro de tales certámenes, en los Departametnos del Valle del Cauca y Tolima respectivamente.
Ley 47 de 1968 →Vigente
Artículo 9
Ley 47 de 1968 · por la cual la Nación coopera a la celebración de los IX Juegos Nacionales, se dan facultades extraordinarias al Presidente de la República y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.