Micelio

Artículo 5

Ley 9 de 1971 · por la cual se fomentan los Colegios Cooperativos para la educación popular.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el cumplimiento de las funciones encomendadas al Ministerio de Educación Nacional, en esta Ley, se creará en dicho Ministerio, o en uno de los organismos a él adscritos, una división especializada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1971