Micelio

Artículo 3

Ley 95 de 1937 · Por la cual se autoriza al Municipio de Bogotá para efectuar un sorteo extraordinario de lotería con motivo del IV centenario de su fundación, y se autoriza al Gobierno para ceder unas zonas de terreno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El producto que el Municipio de Bogotá obtenga como utilidades de este sorteo extraordinario, hecha la deducción de los gastos de administración, comisiones, distribución y venta de los boletos, será destinado a lo siguiente, por rigurosa prelación:

a)

A la instalación de la planta de pasteurización de leches que requiere la ciudad de Bogotá;

b)

A la ampliación y complemento de los servicios de aseo de la misma ciudad;

c)

Al monumento a la madre (clínica de maternidad), y

d)

A la ampliación de los servicios de asistencia social.

Para estos efectos se autoriza al Municipio de Bogotá, para contratar un empréstito especial, y para garantizarlo con los productos netos que obtenga del sorteo que esta Ley le permite efectuar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 95 de 1937