Decreto 189 de 1959 · Por el cual se abren unos créditos adicionales-suplementales - al Presupuesto vigente. (Ministerio de Guerra)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Con base en los nuevos recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes crédito adicionales suplementales- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
Ministerio de Guerra
CAPITULO 161
Ejército
$
275.000.00
352.819.00
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.