Micelio

Artículo 8

º

Decreto 68 de 1999 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional para la Equidad de la Mujer y se dictan otras disposiciones en materia salarial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de enero de 1999, la remuneración mensual de los cargos de Director de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional para la Equidad de la Mujer, Secretarios de la Presidencia de la República, Consejero Presidencial y Director de Programa Presidencial y el empleo de Veedor Ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos 329 de 1994 y 1667 de 1997 respectivamente, será equivalente a la que corresponda al cargo de Subdirector de Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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