Delegados del Gobierno. El Gobierno Nacional designará para cada uno de los departamentos y para el Distrito Capital de Bogotá, un funcionario del nivel nacional quien los días 25 y 26 de octubre de 2003 deberá realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos en relación con los procesos que se realizarán los citados días, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales; informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral, y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones.
Decreto 2616 de 2003 →Vigente
Artículo 21
Decreto 2616 de 2003 · por el cual se expiden algunas disposiciones relacionadas con la jornada de participación democrática a desarrollarse los próximos 25 y 26 de octubre de 2003.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.