Micelio

Artículo 1

Decreto 1485 de 2001 · por el cual se fija la asignación básica mensual de los empleados públicos del Instituto de Seguros Sociales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir del 1º de enero de 2001, la asignación básica mensual que venían percibiendo a 31 de diciembre de 2000 los empleados públicos del Instituto de Seguros Sociales será incrementada de acuerdo con los siguientes límites y porcentajes: Remuneración en año 2000 % de incremento Hasta $260.100 9.9% Desde $260.101 hasta $520.200 9.0% Desde $520.201 en adelante 2.5% Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.

Parágrafo

Efectuado el reajuste salarial ordenado en el presente artículo, el Presidente del Instituto de Seguros Sociales enviará al Departamento Administrativo de la Función Pública, copia actualizada de la escala salarial aplicable a los empleados públicos de ese Instituto para el año de 2001.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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