Corresponde a la Oficina de Inspección practicar visitas periódicas a las dependencias de la Dirección General de Impuestos Nacionales para vigilar la conducta del personal y el cumplimiento de las normas técnicas y administrativas, y efectuar las investigaciones que fueren del caso. Conforme a los procedimientos que se establezcan, los funcionarios de la Dirección General están obligados a suministrara los Inspectores la información y los documentos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Decreto 2871 de 1968 →Vigente
Artículo 10
Corresponde A La Oficina De Inspección Practicar Visitas Periódicas A Las Dependencias De La Dirección General De Impuestos Nacionales Para Vigilar La Conducta Del Personal Y El Cumplimiento De Las Normas Técnicas Y Administrativas, Y Efectuar Las Investigaciones Que Fueren Del Caso
Decreto 2871 de 1968 · Por el cual se organiza la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.