Micelio

Artículo 198

Inscripciones

Decreto 262 de 2000 · Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inscripciones. La inscripción se hará en un formulario elaborado para el efecto por la Oficina de Selección y Carrera, dentro del término y en el sitio previsto en la convocatoria o en el aviso de ampliación, si lo hubiere, durante jornadas laborales completas. Podrá hacerse personalmente por el aspirante o por quien fuere encargado por éste, en cualquiera de las procuradurías territoriales o en la dependencia de la sede central de la entidad indicada en la convocatoria, o enviarse a los sitios mencionados, por cualquier medio, siempre y cuando su recibo se registre antes de la hora y fecha fijados para el cierre de inscripciones. El aspirante deberá anexar a la solicitud de inscripción los documentos que acrediten los requisitos mínimos exigidos para el empleo al que aspira, en original o fotocopia simple. Las inscripciones se deberán registrar en un formato, al momento de su recibo, consignando el nombre y documento de identidad del aspirante, el número de folios aportados y el orden consecutivo.

Parágrafo

No podrán exigirse a los empleados inscritos en el Registro Único de Inscripción en Carrera de la Procuraduría, documentos que reposen en su hoja de vida, salvo aquellos que requieran actualización y cuya expedición no corresponda a la entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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