Inscripciones. La inscripción se hará en un formulario elaborado para el efecto por la Oficina de Selección y Carrera, dentro del término y en el sitio previsto en la convocatoria o en el aviso de ampliación, si lo hubiere, durante jornadas laborales completas. Podrá hacerse personalmente por el aspirante o por quien fuere encargado por éste, en cualquiera de las procuradurías territoriales o en la dependencia de la sede central de la entidad indicada en la convocatoria, o enviarse a los sitios mencionados, por cualquier medio, siempre y cuando su recibo se registre antes de la hora y fecha fijados para el cierre de inscripciones. El aspirante deberá anexar a la solicitud de inscripción los documentos que acrediten los requisitos mínimos exigidos para el empleo al que aspira, en original o fotocopia simple. Las inscripciones se deberán registrar en un formato, al momento de su recibo, consignando el nombre y documento de identidad del aspirante, el número de folios aportados y el orden consecutivo.
No podrán exigirse a los empleados inscritos en el Registro Único de Inscripción en Carrera de la Procuraduría, documentos que reposen en su hoja de vida, salvo aquellos que requieran actualización y cuya expedición no corresponda a la entidad.