Micelio

Artículo 12

El Mayor Costo De Los Servicio Sobre Las Sumas Señaladas En El Presente Decreto, Será De Cargo De Los Interesados, El Cual Podrá Descontarse Del Sueldo Que Devengue El Interesado En Cuotas Sucesivas Señaladas Por La Caja De Protección Social De La Policía Nacional, En Caso De Que El Servicio Se Preste En La Clínica De La Policía

Decreto 2767 de 1950 · por la cual se modifica el Decreto número 2664 de 1949.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El mayor costo de los servicio sobre las sumas señaladas en el presente decreto, será de cargo de los interesados, el cual podrá descontarse del sueldo que devengue el interesado en cuotas sucesivas señaladas por la Caja de Protección Social de la Policía Nacional, en caso de que el servicio se preste en la clínica de la Policía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2767 de 1950