Práctica de pruebas. Vencido el término anterior, el miembro del Consejo al cual se asignó la repartición de la denuncia, dispondrá de veinte (20) días para practicar las pruebas solicitadas por el denunciado y las demás de oficio que considere convenientes para lograr un mayor esclarecimiento de los hechos. El término probatorio se podrá ampliar mediante auto hasta por veinte (20) días, en el evento de que no fuere posible practicar la totalidad de las pruebas en el término inicialmente establecido.
Decreto 1873 de 1996 →Vigente
Artículo 35
Decreto 1873 de 1996 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1986 y se dictan normas de ética profesional para los ingenieros electricistas, mecánicos y profesiones afines
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.