Micelio

Artículo 4

Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En Otras Leyes Y Decretos Sobre La Materia, Las Personas Naturales O Jurídicas Que Desarrollen Las Actividades De Urbanización, Construcción O Crédito Para Vivienda, Tales Como Se Les Define En Los Artículos La

Decreto 219 de 1969 · Por medio del cual se reglamentan algunas disposiciones de la Ley 66 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Sin perjuicio de lo dispuesto en otras leyes y decretos sobre la materia, las personas naturales o jurídicas que desarrollen las actividades de urbanización, construcción o crédito para vivienda, tales como se les define en los artículos la. y 2°. de la Ley 66 de 1968, estarán obligadas a llevar contabilidad regular conforme a los reglamentos que expida el Superintendente Bancario y, por lo menos, libro diario, libro mayor o de cuentas corrientes y libro de inventarios y balances; conservarán, además la correspondencia propia de su giro o actividad, así como las constancias auténticas de las reuniones de asambleas de socios o accionistas, de juntas directivas o de cualesquiera otros organismos de dirección y administración, según su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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