Micelio

Artículo 80

Control Fiscal Del Fondo De Bienestar Social

Decreto 1214 de 1999 · por el cual se corrige un yerro en los Decretos 1144, 1146 y 1147 del 29 de junio de 1999

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Control fiscal del Fondo de Bienestar Social. El control fiscal del Fondo de Bienestar Social será ejercido por la Contraloría General de la República. A partir de la vigencia fiscal del año 2000 dicha auditoría se contratará.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1214 de 1999