Micelio

Artículo 1

Apruébase El Acuerdo Número 018 Del 12 De Junio De 1989, Emanado De La Junta Directiva Del Instituto Colombiano Agropecuario, Ica, Cuyo Texto Es El Siguiente: “acuerdo Numero 018 De 1989 (Junio 12) “por El Cual Se Modifica La Planta De Personal Del Instituto Colombiano Agropecuario, Ica”

Decreto 324 de 1990 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 018 de 1989, que modifica la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Apruébase el Acuerdo número 018 del 12 de junio de 1989, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, cuyo texto es el siguiente: “ACUERDO NUMERO 018 DE 1989 (junio 12) “por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA”. La Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en uso de sus facultades legales y estatutarias, Acuerda: Artículo 1° Suprímense de la planta de personal del ICA, establecida por el Acuerdo número 37 de 1987, los siguientes cargos: NIVEL CENTRAL Gerencia General. No de cargos. Dependencia y denominación del cargo. 1 (uno) Gerente General de Establecimiento Público. Código 0015 Grado 12. 1 (uno) Asesor. Código 1020 Grado 03. Artículo 2° Créase en la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, el siguiente cargo: NIVEL CENTRAL Gerencia General. 1 (uno) Gerente General de Establecimiento Público. Código 0015 Grado 15. Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, modifica el Acuerdo número 37 del 11 de noviembre de 1987, deroga el Acuerdo número 002 del 23 de enero de 1989 y requiere para su validez la aprobación por Decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 324 de 1990