Micelio

Artículo 4

Condonación Parcial Y Diferimiento Del Canon Superficiario Para Pequeña Minería

Decreto 213 de 2026 · por el cual se adoptan medidas para las personas y comunidades del sector minero en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica ordenada mediante Decreto número 0150 del 11 de febrero de 2026.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Condonación parcial y diferimiento del canon superficiario para pequeña minería . Autorícese a la Agencia Nacional de Minería para que, de oficio o a petición del beneficiario, aplique las siguientes medidas respecto del canon superficiario cuya obligación se cause o se haga exigible durante la vigencia del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica

a)

Condonación proporcional: Se condonará únicamente la fracción del canon superficiario que corresponda al período de tiempo coincidente con la vigencia del Estado de Emergencia, calculada de manera proporcional dentro del respectivo período anual.

b)

Diferimiento del saldo no condonado: El valor restante del canon superficiario podrá diferirse hasta por doce (12) meses contados a partir de la fecha de exigibilidad, sin causación de intereses de plazo durante el término de diferimiento. La condonación prevista en el presente artículo no comprenderá cánones causados con anterioridad a la declaratoria del Estado de Emergencia ni aquellos cuya causación ocurra con posterioridad a su finalización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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