Micelio

Artículo 4

º La Procuraduría General De La Nación Y La Consejería Presidencial Para La Defensa, Protección Y Promoción De Los Derechos Humanos, Designarán Cada Una Un Delegado Para Vigilar Que El Cumplimiento De Las Funciones Asignadas Al Comandante Militar Del Municipio De Puerto Boyacá, Se Lleve A Cabo Con Estricta Observancia De Los Preceptos Constitucionales Y Legales

Decreto 2100 de 1989 · Por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público en el Municipio de Puerto Boyacá, en el Departamento de Boyacá.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Procuraduría General de la Nación y la Consejería Presidencial para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos, designarán cada una un delegado para vigilar que el cumplimiento de las funciones asignadas al Comandante Militar del Municipio de Puerto Boyacá, se lleve a cabo con estricta observancia de los preceptos constitucionales y legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2100 de 1989