Micelio

Artículo 13

Decreto 76 de 1888 · Orgánico de la Escuela de Ingeniería de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 13. Los Profesores durarán dos años y podrán ser reelectos ; y pueden ser nombrados para desempeñar más de un curso, á juicio del Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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