Micelio

Artículo 13

Decreto 76 de 1888 · Orgánico de la Escuela de Ingeniería de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 13. Los Profesores durarán dos años y podrán ser reelectos ; y pueden ser nombrados para desempeñar más de un curso, á juicio del Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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