Micelio

Artículo 1

Las Funciones Propias De La Dirección General Marítima, Dependencia Del Ministerio De Defensa Nacional, Serán Cumplidas Por La Planta De Empleados Públicos Que Se Establece A Continuación, Así: Planta Global Nº De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado 1 (Uno) Director Técnico 0100 16 6 (Seis) Jefe De División 2040 15 2 (Dos) Director De Centro 2105 14 4 (Cuatro) Profesional Especializado 3010 16 12 (Doce) Profesional Especializado 3010 15 8 (Ocho) Profesional Universitario 3020 12 5 (Cinco) Profesional Universitario 3020 10 20 (Veinte) Profesional Universitario 3020 08 19 (Diecinueve) Profesional Universitario 3020 06 7 (Siete) Técnico Administrativo 4065 12 5 (Cinco) Técnico Administrativo 4065 10 25 (Veinticinco) Técnico Administrativo 4065 08 5 (Cinco) Técnico Administrativo 4065 06 5 (Cinco) Técnico Operativo 4080 12 5 (Cinco) Técnico Operativo 4080 10 13 (Trece) Técnico Operativo 4080 08 16 (Dieciséis) Técnico Operativo 4080 06 9 (Nueve) Auxiliar Administrativo 5120 07 10 (Diez) Auxiliar Administrativo 5120 06 15 (Quince) Auxiliar Administrativo 5120 05 7 (Siete) Operario Calificado 5300 07 23 (Veintitrés) Operario Calificado 5300 05 14 (Trece) Conductor Mecánico 5310 06 2 (Dos) Celador 5320 04 23 (Veintitrés) Auxiliar De Servicios Generales 5335 05

Decreto 1705 de 2002 · pr el cual se adiciona la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional para la Dirección General Marítima y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las funciones propias de la Dirección General Marítima, dependencia del Ministerio de Defensa Nacional, serán cumplidas por la planta de empleados públicos que se establece a continuación, así: PLANTA GLOBAL Nº de Cargos Denominación del Cargo Código Grado 1 (Uno) Director Técnico 0100 16 6 (Seis) Jefe de División 2040 15 2 (Dos) Director de Centro 2105 14 4 (Cuatro) Profesional Especializado 3010 16 12 (Doce) Profesional Especializado 3010 15 8 (Ocho) Profesional Universitario 3020 12 5 (Cinco) Profesional Universitario 3020 10 20 (Veinte) Profesional Universitario 3020 08 19 (Diecinueve) Profesional Universitario 3020 06 7 (Siete) Técnico Administrativo 4065 12 5 (Cinco) Técnico Administrativo 4065 10 25 (Veinticinco) Técnico Administrativo 4065 08 5 (Cinco) Técnico Administrativo 4065 06 5 (Cinco) Técnico Operativo 4080 12 5 (Cinco) Técnico Operativo 4080 10 13 (Trece) Técnico Operativo 4080 08 16 (Dieciséis) Técnico Operativo 4080 06 9 (Nueve) Auxiliar Administrativo 5120 07 10 (Diez) Auxiliar Administrativo 5120 06 15 (Quince) Auxiliar Administrativo 5120 05 7 (Siete) Operario Calificado 5300 07 23 (Veintitrés) Operario Calificado 5300 05 14 (Trece) Conductor Mecánico 5310 06 2 (Dos) Celador 5320 04 23 (Veintitrés) Auxiliar de Servicios Generales 5335 05

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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